Ley Aduanera 2027: quitan el 50 % del embargo; faltan reglas
Respuesta corta: el DOF del 23 de octubre de 2026, edición vespertina, publicó una reforma a la Ley Aduanera vigente desde el 1 de enero de 2027. La ley deja de fijar el 50 % para embargar por valor declarado bajo, pero su aplicación depende de reglas por publicar. Cambia la sustitución del embargo y el artículo 177 baja a 20 %.
Información consultada el 26 de octubre de 2026. Esta guía orienta; no es asesoría legal ni fiscal.
Qué cambia, artículo por artículo
| Artículo | Antes (hasta el 31 dic 2026) | Después (vigente desde el 1 ene 2027) |
|---|---|---|
| 151, fr. VII: embargo precautorio | Valor «inferior en un 50% o más» al de mercancías idénticas o similares, «salvo que se haya otorgado la garantía» del artículo 86-A | «Cuando el valor declarado en el pedimento sea inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares». Sin porcentaje ni salvedad del 86-A; según el transitorio segundo, se aplicará a las mercancías y con el procedimiento que fijen reglas aún no publicadas |
| 144, fr. XII (párrafo nuevo) | La autoridad puede corregir y determinar el valor en aduana | Si el valor declarado es inferior al valor de transacción de mercancías idénticas o similares, las autoridades «iniciarán de oficio el ejercicio de las facultades de comprobación» |
| 153, segundo párrafo | Si pruebas el valor: resolución inmediata, sin sanciones, y devolución de la mercancía | Además, la autoridad «liberará la garantía, o bien, llevará a cabo la devolución del depósito en efectivo» |
| 154, segundo párrafo | Sustitución solo con depósito en cuenta aduanera de garantía | Si la mercancía no está sujeta a precios estimados, se puede pedir «dentro de los diez días hábiles siguientes» a la notificación del inicio. Diferencia menor a 20 %: efectivo o cuenta aduanera de garantía. De 20 % o más: solo «depósito en efectivo» |
| 177, fr. XII: presunción de las infracciones del artículo 176 | Régimen sin pago de contribuciones con valor «inferior en un 50% o más» | Mismo supuesto con «inferior en un 20% o más» |
| 185, fr. I a III (párrafo nuevo) | Multas en pesos por infracciones de información (artículo 184) | Se añade para hidrocarburos y petrolíferos: «multa del 50% al 100% del valor comercial de las mercancías» |
Ojo con el alcance
El transitorio segundo dice que la nueva fracción VII «será aplicable a las mercancías y conforme al procedimiento que se determinen en las disposiciones» de las autoridades aduaneras. Para las demás mercancías, esas reglas «podrán determinar el porcentaje» que dispare el embargo. La ley ya no fija el 50 %, pero con el texto publicado no puede afirmarse que cualquier diferencia de valor vaya a provocar un embargo.
Embargo precautorio no es retención
La reforma toca el embargo precautorio (artículo 151): la autoridad embarga y abre el procedimiento administrativo en materia aduanera (PAMA). La retención (artículo 158) no cambia. Procede, entre otros casos, si el valor es inferior al precio estimado y falta el documento del depósito en cuenta aduanera de garantía, y el acta da quince días para presentar la garantía. Si ya tienes un acta, revisa cuál es en mercancía retenida en aduana: qué hacer.
A quién afecta
- Importadores con valores por debajo de las referencias de mercancías idénticas o similares: desde 2027 la ley ordena iniciar de oficio facultades de comprobación y, si su mercancía queda comprendida en las reglas, puede proceder el embargo precautorio.
- Operaciones en un «régimen aduanero que le permita la determinación de contribuciones sin su pago», por ejemplo la importación temporal (incluida IMMEX); confirma con el agente aduanal aliado que lleva tu despacho si tu régimen encaja. El umbral de 20 % aplica cuando la autoridad lo detecta en sus facultades de comprobación y, de haberse importado en definitiva, se habrían omitido impuestos o cuotas compensatorias. Ve importación temporal vs. definitiva.
- Importadores de hidrocarburos y petrolíferos, por las nuevas multas de las fracciones I a III del artículo 185.
Qué hacer desde hoy
- Documenta el valor de cada operación: factura comercial, comprobantes de pago, contrato u orden de compra e incrementables. Son las pruebas documentales con las que el artículo 153 permite acreditar el valor declarado.
- Prepara la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) cuando te sea obligatoria. El DOF del 22 de septiembre de 2026 reformó el transitorio décimo primero de las RGCE 2026 con un plazo «hasta el 30 de septiembre de 2026». El calendario por régimen (importación definitiva desde el 15 de enero de 2027) consta en la versión anticipada del SAT de la Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026, aún no publicada en el DOF. Ve Manifestación de Valor Electrónica.
- Revisa tus fracciones de precio bajo con el agente aduanal aliado que lleva tu despacho.
- Prevé liquidez: desde 2027, con diferencias de 20 % o más, la sustitución del embargo solo admite depósito en efectivo.
- Un rojo no es un embargo: repasa el semáforo fiscal y reconocimiento aduanero.
Qué falta
Las reglas sobre mercancías, procedimiento y porcentaje «deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre de 2026». Actualizaremos esta guía cuando salgan.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo aplica la reforma a la Ley Aduanera?
El transitorio primero fija su entrada en vigor el 1 de enero de 2027. Hasta el 31 de diciembre de 2026 rige el texto anterior, con el umbral de 50 % para el embargo por valor.
¿Cualquier diferencia de valor provocará un embargo?
No se puede afirmar todavía. La fracción VII se aplicará a las mercancías y con el procedimiento que determinen las autoridades aduaneras, que podrán fijar un porcentaje para las demás mercancías. Esas reglas deben salir a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
¿Cómo se recupera mercancía embargada por valor?
Acreditando que el valor se determinó conforme a la ley, con resolución inmediata y sin sanciones (artículo 153), o, desde 2027 y si la mercancía no está sujeta a precios estimados, pidiendo en diez días hábiles sustituir el embargo: con diferencia menor a 20 %, depósito en efectivo o en cuenta aduanera de garantía; con 20 % o más, solo en efectivo (artículo 154).
¿Es lo mismo embargo precautorio que retención?
No. El embargo (artículo 151) abre el PAMA. La retención (artículo 158) aplica, entre otros casos, cuando falta el documento del depósito por precio estimado, y el acta da quince días para presentar la garantía. El decreto cambia el embargo, no la retención.
¿La reforma cambia la MVE?
No. El decreto no menciona la MVE ni su calendario, pero la MVE documenta cómo se determinó el valor y puede servir entre las pruebas documentales del artículo 153.
Fuentes
Oficiales
- «Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Aduanera», Presidencia de la República, DOF, 23 oct 2026, edición vespertina. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5802077&fecha=23/10/2026 (consultado el 26 oct 2026).
- Ley Aduanera, texto vigente (última reforma DOF 19-11-2025), arts. 86-A, 144, 151, 153, 154, 158, 177, 184 y 185, Cámara de Diputados. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LAdua.pdf (consultado el 26 oct 2026).
- Segunda Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026, SAT, DOF, 22 sep 2026. https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5799243&fecha=22/09/2026 (consultado el 26 oct 2026).
- Tercera Resolución de Modificaciones a las RGCE 2026, primera versión anticipada, SAT (el documento no indica fecha; aún no publicada en el DOF). https://www.sat.gob.mx/minisitio/NormatividadRMFyRGCE/documentos2026/rgce/anticipadas/3aRMRGCE_2026_PrimeraAnticipada.pdf (consultado el 26 oct 2026).
¿Tu embarque llega en 2027? Cotiza tu flete y coordinamos el despacho con el agente aduanal aliado que lleva tu operación.
Artículos relacionados
- Aduanas·Despacho aduanero Benito Juárez en tu paquete de Temu¿Tu paquete de Temu, Shein o AliExpress dice «despacho aduanero Benito Juárez»? Qué aduana es, si pagarás impuestos y qué hacer si se atora tu envío.
- Aduanas·Cómo importar a México por primera vez: requisitos y costoRequisitos para tu primera importación a México: RFC, e.firma, Padrón de Importadores y agente aduanal, siete pasos y un ejemplo de IGI, DTA e IVA 2026.
- Aduanas·Despacho aduanero en México para forwarders extranjeros: qué necesita tu cliente antes de que llegue la cargaQué preparar antes de que la carga llegue a México: agente aduanal, pedimento, documentos, requisitos del producto y causas comunes de retraso.