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Aéreo··13 min de lectura

Mercancías peligrosas por aire: guía práctica IATA DGR

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Las mercancías peligrosas sí vuelan, pero solo si el expedidor las clasificó, embaló, marcó y documentó conforme a la Reglamentación sobre Mercancías Peligrosas de IATA (DGR, por sus siglas en inglés). Hoy rige la 67.ª edición y el 1 de enero de 2027 entra en vigor la 68.ª. Esta guía separa lo que ya aplica de lo que cambia en enero y te dice qué revisar en tus embarques de diciembre y de enero. Datos vigentes al 6 de octubre de 2026: confírmalos con tu expedidor certificado y con la aerolínea antes de embarcar.

Qué es esta guía y qué no es. Orienta; no sustituye al DGR ni a un especialista. Clasificar, embalar, marcar y declarar es responsabilidad del expedidor, con personal capacitado, y la aerolínea decide si acepta la carga. Kold Gold no clasifica ni certifica mercancía peligrosa: revisa el expediente antes de reservar.

Qué es el IATA DGR y qué edición aplica

El DGR es el manual con el que expedidores, agentes de carga y aerolíneas preparan y aceptan mercancía peligrosa. IATA publica una edición cada año: la 67.ª aplica desde el 1 de enero de 2026 y la 68.ª, desde el 1 de enero de 2027.

Detrás del manual están las Instrucciones Técnicas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI, documento 9284). Según el resumen oficial de cambios de IATA, la 68.ª edición incorpora las enmiendas de la edición 2027-2028 de esas instrucciones y los cambios que adoptó el Consejo de Mercancías Peligrosas de la propia IATA.

En México la autoridad es la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC). Su circular obligatoria sobre el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por vía aérea remite a la edición vigente de las Instrucciones Técnicas de la OACI, alcanza a expedidores, embaladores y agencias de carga, pide capacitación inicial y recurrente cada 24 meses y exige al operador aéreo una autorización previa de la autoridad para transportar esta carga. La versión que abrimos el 6 de octubre de 2026 es la revisión 2; no pudimos confirmar en el portal de la AFAC si existe una posterior, así que pide a tu expedidor certificado que te confirme la revisión vigente.

Las nueve clases

La circular de la AFAC las enumera así:

  • Clase 1: explosivos.
  • Clase 2: gases.
  • Clase 3: líquidos inflamables.
  • Clase 4: sólidos inflamables.
  • Clase 5: sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
  • Clase 6: sustancias tóxicas y sustancias infecciosas.
  • Clase 7: material radiactivo.
  • Clase 8: sustancias corrosivas.
  • Clase 9: sustancias y objetos peligrosos varios. Aquí entran las baterías de litio y el hielo seco.

En varias clases, el grupo de embalaje gradúa el peligro: I para las sustancias muy peligrosas, II para las moderadamente peligrosas y III para las poco peligrosas. Cada sustancia u objeto se identifica además con un número ONU, y ese número es el que lleva a su instrucción de embalaje. Algunos ejemplos: UN 3480 para las baterías de ion litio que viajan solas, UN 1845 para el hielo seco, y UN 3373, UN 2814 y UN 2900 en el terreno de las sustancias infecciosas.

Lo que ya aplica hoy (67.ª edición, hasta el 31 de diciembre de 2026)

El orden de trabajo no cambia con la edición nueva:

  1. Identificar. Número ONU, nombre apropiado de envío, clase y, si aplica, grupo de embalaje. El punto de partida es la sección 14 de la hoja de datos de seguridad, que reúne la información de transporte; el expedidor debe confirmarla para vía aérea, porque la hoja cubre varios modos.
  2. Embalar conforme a la instrucción de embalaje que corresponde a ese número ONU.
  3. Marcar y etiquetar cada bulto.
  4. Documentar. El documento central es la Declaración del Expedidor de Mercancías Peligrosas (Shipper's Declaration; en México también se le dice declaración del embarcador), firmada, que viaja con la guía aérea. No todos los envíos la llevan: algunas baterías pequeñas instaladas en su equipo, por ejemplo, viajan con una leyenda en la guía aérea en lugar de la declaración. El detalle está en baterías de litio por avión.
  5. Capacitar. Quien prepara estos envíos necesita formación vigente. La circular mexicana pide repetirla cada 24 meses, y el certificado del curso de IATA para quienes preparan envíos vale también 24 meses.
  6. Pasar la aceptación. La aerolínea revisa bulto y papeles antes de recibir la carga. Además de la regla general, el DGR recoge variaciones de Estados y de operadores, que pueden ser más estrictas: se confirman antes de reservar.

Qué cambia el 1 de enero de 2027 (68.ª edición)

Lo que sigue sale del documento oficial de IATA «Enmiendas y cambios significativos a la edición n.º 68 (2027)». Es un resumen: el texto completo, con cantidades y redacción exacta, está en el manual. No anunciamos aquí ningún límite que ese documento no traiga.

Si embarcas químicos

  • Entradas nuevas en la lista: UN 3561, clorofenoles corrosivos, tóxicos, sólidos, n.e.p., y UN 3562, clorofenoles corrosivos, sólidos, n.e.p.
  • Fluoroanilinas: se elimina su nombre apropiado de envío y se dan referencias cruzadas a sus variantes.
  • Aerosoles: cambia la clasificación de su peligro secundario (3.2.5.2.5) y se añaden prohibiciones cuando el contenido cumple además los criterios de ciertas clases, divisiones o grupos de embalaje (3.2.5.2.6).
  • Cantidades exceptuadas: se aclara que esas disposiciones solo aplican a sustancias, no a objetos (2.6.2.2).
  • También cambian la clasificación de objetos explosivos (3.1.1) y su segregación por grupos de compatibilidad (sección 9), las muestras de ciertas sustancias orgánicas (3.11.4) y la tabla de peróxidos orgánicos (C.2).

Si embarcas maquinaria o equipo

  • Las disposiciones especiales A26 y A103, que hablaban de máquinas refrigeradoras, incluyen ahora máquinas de calefacción.
  • Los equipos de resonancia magnética tienen entrada propia en la lista y una disposición especial nueva, la A236.
  • La A214 añade orientación para distinguir vehículos de equipos propulsados por batería.

Si embarcas muestras biológicas

El apartado 3.6.2.2.2.1.3 reconoce que las autoridades de cada Estado pueden dar orientación adicional para distinguir entre UN 3373 y UN 2814 o UN 2900. Para el resto del proceso, consulta biológicos y muestras clínicas por aire.

Si embarcas baterías

Es el bloque con más cambios: la marca de batería ya no admite el formato con número de teléfono, aparecen las baterías híbridas de ion litio e ion sodio, hay dos entradas nuevas (UN 3563 y UN 3564) y se enmiendan las instrucciones de embalaje 965 a 970 y 978. Lo desarrollamos, junto con el estado de carga, en baterías de litio por avión: lo que cambia en 2027.

Para todos

  • Instrucciones de embalaje enmendadas: 130, 200, 220, 222, 378, 459, 497, 570, 603, 650, 950, 951, 952, 955, 962, Y963, 964, 965, 966, 967, 968, 969, 970, 972, 975 y 978. IATA explica que muchos cambios vienen de incorporar las baterías de ion sodio y de ajustar el texto sobre baterías prototipo. La 954, que es la del hielo seco, no aparece en esa lista.
  • Nombres en retirada: una disposición especial nueva, la A808, marca los números ONU y nombres que se van a eliminar; siguen en la lista dos años.
  • Disposición especial A801: desaparece y la sustituye la A239, que según IATA reproduce en la práctica su contenido. Si tu declaración o tus procedimientos citan la A801, hay que actualizar la referencia.
  • Sobrembalajes: se aclara que no hay que repetir en el sobrembalaje cada marca de los bultos que contiene; la marca indica las cantidades totales de mercancía peligrosa.
  • Declaración del Expedidor: se reordena y se reescribe el paso 6 de la segunda secuencia de la descripción (8.1.6.9.2). Si usas plantillas, revísalas.
  • Variaciones de Estados: las de Argentina, Filipinas, Sri Lanka y Ucrania cambian de código para seguir el código ISO del país.
  • Variaciones de operadores: IATA unificó su formato y eliminó las que solo repetían la regla general.

Diciembre y enero: qué revisar

El documento de IATA no describe un periodo de transición general. Las únicas salvedades que menciona son tres: la marca de batería anterior no debe ser el único motivo para rechazar un bulto; los nombres en retirada siguen dos años en la lista, y hay una tabla transitoria sobre artículos de pasajeros que IATA espera eliminar en la 70.ª edición. Con eso, lo prudente es:

  • Embarques que vuelan en diciembre: se preparan con la 67.ª edición.
  • Embarques que se entregan a la aerolínea desde el 1 de enero: se preparan con la 68.ª.
  • Embarques que se documentan en diciembre y vuelan en enero: pregunta por escrito a la aerolínea con qué edición los aceptará. No lo supongas.
  • Hojas de datos de seguridad: revisa la sección 14 de tus productos. Si manejas clorofenoles, fluoroanilinas o aerosoles con peligro secundario, pide al fabricante o a tu expedidor certificado que confirme número ONU y nombre apropiado de envío para 2027.
  • Embalajes: si tu producto viaja con una de las instrucciones enmendadas, pide confirmación de que el embalaje que ya tienes comprado sigue cumpliendo.
  • Plantillas y procedimientos: cambia la referencia a la A801 por la A239 donde aparezca y revisa el orden de la descripción en la declaración.
  • Capacitación: comprueba que el certificado de quien firma la declaración esté vigente y que su curso de actualización cubra la 68.ª edición.
  • Etiquetas preimpresas de baterías: si todavía tienes marcas con número de teléfono, consulta la guía de baterías antes de usarlas.

Errores que detienen la carga en la aceptación

  • Tomar la clasificación de la hoja de datos de seguridad sin confirmarla para vía aérea.
  • Usar un embalaje que no corresponde a la instrucción de embalaje del producto.
  • Entregar sin Declaración del Expedidor un envío que sí la requiere.
  • Avisar al agente de carga cuando la mercancía ya va camino al aeropuerto.
  • Trabajar en enero con plantillas, etiquetas o manuales de la edición anterior.

Cómo lo trabajamos en Kold Gold

En nuestro historial de cargas constan pintura, un producto inflamable que se movió con embalaje y documentación de peligrosos, y reactivos químicos, que viajaron con su hoja de seguridad. De ahí sale el criterio que aplicamos en logística de químicos y maquinaria:

  • Cotizamos con la hoja de datos de seguridad en la mano, junto con fichas técnicas, medidas, pesos, origen y destino.
  • Revisamos antes de reservar el número ONU, la clase y el grupo de embalaje que declara el expedidor, y si la aerolínea acepta esa carga. Revisar no es clasificar: la clasificación y la firma de la declaración son del expedidor.
  • No prometemos espacio ni aceptación. Movemos carga que ya cumple; si el expediente no está completo, lo decimos antes de cotizar.

La clasificación debe coincidir después con lo que se declare en el despacho aduanal: coordínalo con el agente aduanal que lleva tu despacho. Para el tramo por mar o por carretera, consulta cómo transportar pinturas y reactivos químicos; si llevas refrigerante, cuánto hielo seco necesitas, y si el último tramo terrestre lo amerita por el valor o el riesgo de la carga, evalúa la custodia armada.

Si vas a embarcar mercancía peligrosa por flete aéreo, pide tu cotización y adjunta la hoja de datos de seguridad: revisamos el expediente antes de reservar.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigor la 68.ª edición del IATA DGR?

El 1 de enero de 2027. Hasta el 31 de diciembre de 2026 aplica la 67.ª edición. El resumen oficial de cambios de IATA no describe un periodo de transición general, así que para embarques que se documentan en diciembre y vuelan en enero conviene confirmar con la aerolínea con qué edición los aceptará. Dato vigente al 6 de octubre de 2026.

¿Qué se considera mercancía peligrosa en carga aérea?

Las sustancias y objetos que la reglamentación agrupa en nueve clases: explosivos, gases, líquidos inflamables, sólidos inflamables, comburentes y peróxidos orgánicos, tóxicas e infecciosas, material radiactivo, corrosivas y peligrosos varios. En esta última clase entran las baterías de litio y el hielo seco.

¿Necesito capacitación para embarcar mercancías peligrosas?

Sí. Quien clasifica, embala, marca, etiqueta y documenta estos envíos necesita formación vigente. La circular obligatoria de la AFAC que consultamos pide capacitación inicial y recurrente cada 24 meses, y el certificado del curso de IATA para quienes preparan envíos vale 24 meses.

¿Las baterías de litio son mercancía peligrosa?

Sí, de la Clase 9. Las reglas cambian según viajen solas, embaladas con un equipo o instaladas en él, y según su energía o su contenido de litio. La 68.ª edición trae varios cambios para baterías desde el 1 de enero de 2027.

¿Qué pasa si mi envío no cumple con el IATA DGR?

La aerolínea puede rechazarlo en la aceptación, antes de que suba al avión, con el retraso y el costo que eso implica. Además, la circular de la AFAC remite a las sanciones de la Ley de Aviación Civil y su reglamento.

¿Todas las mercancías peligrosas requieren la misma documentación?

No. Depende del número ONU, de la cantidad y de la instrucción de embalaje. La mayoría viaja con la Declaración del Expedidor firmada; algunos envíos, como ciertas baterías pequeñas instaladas en su equipo, llevan en su lugar una leyenda en la guía aérea. Lo define el expedidor capacitado y lo confirma la aerolínea.

Fuentes

Última revisión: 6 de octubre de 2026.

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