Cadena de Frío · Hielo seco

Envío con hielo seco: cálculo de sublimación y cumplimiento UN1845

El hielo seco es mercancía peligrosa clase 9 en transporte aéreo. Calculamos la carga por tramo, preparamos el marcado y documentamos el embarque antes de que el bulto llegue al aeropuerto.

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El hielo seco es dióxido de carbono en estado sólido. A presión atmosférica no se derrite: sublima directamente a gas a −78.5 °C, y por eso no deja residuo líquido dentro del embalaje. Esa misma propiedad es la que lo vuelve mercancía peligrosa en avión —el CO2 liberado en una bodega presurizada desplaza oxígeno— y la que obliga a calcular la carga inicial contra la duración real del tránsito, no contra la duración teórica del vuelo.

¿Cuánto hielo seco necesito realmente para mi embarque?

La cantidad correcta es la que sobrevive al peor escenario de tránsito puerta a puerta, no al itinerario ideal. El cálculo se arma con cuatro entradas: el rango de temperatura que el producto debe mantener, el volumen interno útil del embalaje, el coeficiente de pérdida del aislamiento y las horas totales de exposición, incluyendo despacho aduanal, conexiones y ventanas de entrega del consignatario. Un embarque México–Fráncfort con 14 horas de vuelo puede tener 60 horas de reloj real si el bulto se presenta un viernes por la tarde. Como referencia, un embalaje de poliestireno expandido de pared gruesa sublima del orden de 2 a 5 kg cada 24 horas, mientras que un embalaje con paneles de aislamiento al vacío puede quedar por debajo de 1 kg cada 24 horas para un volumen equivalente. Ese margen de cuatro a uno es la diferencia entre pagar exceso de peso innecesario y entregar producto fuera de especificación.

Corre el número exacto de tu caso en la calculadora de hielo seco y valida el resultado con un perfil térmico real antes de estandarizar el embalaje para una ruta recurrente; el procedimiento está en validación térmica.

¿Qué exige exactamente el IATA DGR para UN1845?

El hielo seco está listado como UN1845, "Dióxido de carbono sólido" o "Hielo seco", clase 9, mercancías peligrosas misceláneas. Cuando viaja como refrigerante de carga no peligrosa aplica la instrucción de embalaje 954 del DGR, con un máximo de 200 kg de cantidad neta por bulto en aeronave de pasajeros y de carga. El bulto se marca con el nombre de expedición, el número UN1845, la cantidad neta en kilogramos, y lleva la etiqueta de clase 9 de mercancías peligrosas. El embalaje debe permitir la salida del gas: un bulto hermético acumula presión y se rompe en vuelo. En la guía aérea se declara el número de bultos y la cantidad neta total de hielo seco. Cada aerolínea puede imponer variaciones de operador más restrictivas que el DGR —límites por aeronave, por posición de pallet o por ruta—, y esas variaciones son las que en la práctica deciden si tu embarque sale en el vuelo planeado o espera al siguiente. Verificamos el límite operativo del vuelo específico antes de confirmar la reserva, no en el mostrador de carga.

Pellets de hielo seco sobre acero oscuro con niebla densa de dióxido de carbono desbordando
En la preparaciónEl hielo seco no se derrite: se sublima. Lo que se calcula es cuánto queda al llegar.

¿Cuándo conviene hielo seco y cuándo otro refrigerante?

La decisión no es de costo del refrigerante, sino de rango objetivo y autonomía requerida. Esta es la comparación que usamos para dimensionar un embarque de cadena de frío antes de cotizar el flete:

Medio refrigeranteRangoAutonomía típicaMercancía peligrosaUso habitual
Hielo seco (CO2 sólido)Hasta −78.5 °C24 a 120 h según aislamiento y cargaSí — UN1845, clase 9Ultracongelado, biológicos a −70 °C, muestras clínicas
Gel refrigerante (agua/glicol)+2 a +8 °C24 a 72 hNoVacunas y medicamentos de refrigeración estándar
PCM de cambio de fase+2 a +8 °C, +15 a +25 °C, −20 °C72 a 120 h con embalaje calificadoNoRutas largas con ambiente extremo, controlado a temperatura ambiente
Nitrógeno líquido en dry shipperHasta −150 °C10 a 20 díasSí — UN1977 en contenedor absorbidoTerapia celular, material genético, criopreservación
Contenedor activo con compresor−25 a +25 °C programable100 h o más con recargaNo (batería sujeta a norma propia)Embarques de alto valor, lotes completos, ensayos clínicos

Autonomías indicativas para embalaje calificado en condiciones de perfil ambiental estándar. La autonomía real se determina por validación térmica de cada configuración.

¿Qué riesgo operativo corre mi personal en el tramo terrestre?

Un kilogramo de hielo seco libera del orden de 0.54 m³ de CO2 gaseoso. En un tramo aéreo esto lo gestiona la aeronave; en el tramo terrestre —recolección, cruce, última milla— lo gestiona el operador del vehículo, y ahí es donde ocurren los incidentes. El CO2 es un asfixiante simple: incoloro, inodoro y más pesado que el aire, por lo que se acumula en la parte baja de una caja seca cerrada. Los límites máximos permisibles de exposición en el centro de trabajo están en la NOM-010-STPS-2014, y el manejo requiere guantes criogénicos por el riesgo de quemadura por frío al contacto directo. Nuestra instrucción de operación en tramos terrestres con hielo seco es ventilación forzada del compartimento de carga, prohibición de transporte en cabina y sumatoria del CO2 potencial de todos los bultos consolidados en la misma unidad, no evaluación bulto por bulto.

¿Cómo se coordina el hielo seco con el despacho aduanal?

Es el punto donde más embarques se pierden. El hielo seco no espera al pedimento: si la mercancía queda en recinto fiscal 48 horas adicionales por una clasificación arancelaria mal soportada o un permiso sanitario incompleto, la carga de refrigerante calculada para 72 horas se agota antes de la liberación. Por eso prevalidamos la documentación —factura, packing list, guía aérea, clasificación y, cuando aplica, el permiso de importación correspondiente— mientras la carga aún está en el aire. En productos regulados por la autoridad sanitaria, el proceso está descrito en importación con regulación COFEPRIS. Cuando el embarque no admite margen de espera en aduana, coordinamos recarga de hielo seco en el punto de tránsito como contingencia planeada, no como reacción.

¿Qué documentamos en cada embarque con hielo seco?

  • Cantidad neta de hielo seco cargada por bulto y hora exacta de cierre del embalaje, que es el cero real del reloj de sublimación.
  • Marcado UN1845, etiqueta de clase 9 y declaración en la guía aérea con número de bultos y cantidad neta total.
  • Registro del data logger cuando el producto lo exige, con descarga y reporte de excursiones en destino.
  • Confirmación de la variación de operador de la aerolínea para la ruta y el equipo asignados.
  • Plan de recarga en tránsito con proveedor y ventana horaria identificados, cuando la autonomía calculada no cubre el escenario pesimista.

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Dinos rango objetivo, peso, dimensiones del embalaje y ruta. Regresamos con la carga de hielo seco calculada, el límite del operador confirmado y la tarifa del tramo aéreo.

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Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

Fundamento legal: IATA Dangerous Goods Regulations (UN1845, clase 9, instrucción de embalaje 954), NOM-010-STPS-2014 y TIGIE subpartida 2811.21. Verificar contra la edición vigente del DGR y las variaciones del operador aéreo.·Última revisión: 27 de julio de 2026