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Calculadora de sublimación de hielo seco

Cómo estimar los kilogramos de hielo seco que realmente necesita un embarque, y cómo declararlos correctamente bajo UN1845 sin quedarse corto ni sobredeclarar.

La física, en una línea

El hielo seco es dióxido de carbono sólido a −78.5 °C. No se derrite: sublima directamente a gas. Un kilogramo produce aproximadamente 0.55 m³ de CO₂ gaseoso, lo que explica las dos consecuencias operativas que gobiernan todo lo demás: el embalaje nunca puede ser hermético (el gas debe poder ventear) y la masa disponible se consume a una tasa constante mientras dure el tránsito.

Calcular hielo seco es, por tanto, un problema de presupuesto de masa contra tiempo. La incógnita real no es cuántos kilos caben, sino cuántas horas de tránsito debe cubrir el embarque considerando todo lo que puede salir mal.

Tasa de sublimación por tipo de contenedor

La tasa depende del aislamiento, del espesor de pared, de la relación superficie/volumen del contenedor y de la temperatura ambiente. Las cifras siguientes corresponden a contenedores de volumen medio (aproximadamente 30 a 60 litros) en condiciones ambientales normales.

Sistema de embalajeTasa típica (kg / 24 h)Comentario
EPS, pared 25 – 38 mm6 – 8Solo para tránsitos cortos y controlados; consume la carga muy rápido
EPS, pared 50 mm4 – 6Estándar de la industria para envíos de 24 a 72 h
EPS, pared 75 – 100 mm3 – 4Buen desempeño; sacrifica volumen útil de carga
Poliuretano rígido (PUR), pared 50 mm2.5 – 3.5Mejor que EPS a igual espesor; más pesado y más caro
VIP (panel de vacío)1 – 2Máxima autonomía por espesor; frágil ante perforación, alto costo
Valores indicativos. La tasa real de un embalaje específico se obtiene de su estudio de calificación térmica, no de una tabla general. Contenedores pequeños subliman proporcionalmente más rápido (mayor superficie por unidad de volumen); ambientes cálidos —una pista de aterrizaje, un patio aduanal, una bodega sin clima— pueden elevar la tasa entre 20 % y 50 % sobre lo tabulado.

La fórmula

kg necesarios = [ tasa (kg/24 h) × (horas de tránsito ÷ 24) + masa residual mínima ] × factor de seguridad

  • Horas de tránsito = tiempo puerta a puerta, no tiempo de vuelo. Cuente desde el cierre del embalaje hasta la apertura en destino, incluyendo consolidación, escalas, espera en pista, despacho aduanal y última milla.
  • Masa residual mínima = el hielo seco que debe quedar al abrir. No puede ser cero: un embarque que llega con la última partícula sublimando llegó exactamente al límite y no tiene evidencia de haber mantenido temperatura. Criterio de trabajo: 10 % a 20 % de la carga inicial, o al menos 2 kg.
  • Factor de seguridad = 1.3 en rutas simples y directas; 1.5 o más cuando hay transbordo, despacho aduanal en destino, cruce de fin de semana o feriado, o clima cálido en cualquier punto de la ruta.

Ejemplo. Tránsito estimado de 60 h en caja EPS de 50 mm (tasa 5 kg/24 h), con margen para escala y despacho: horas ajustadas a 72. Cálculo: 5 × (72 ÷ 24) = 15 kg de consumo; más 3 kg de residual = 18 kg; × 1.3 = 23.4 kg → se declara 24 kg. Si la ruta implica transbordo, el factor 1.5 lleva el resultado a 27 kg, y en ese punto conviene evaluar si la caja tiene capacidad física para esa carga o si el envío necesita un embalaje mejor.

Tabla de referencia rápida

Kilogramos estimados de hielo seco, ya con residual y factor de seguridad 1.3 incluidos, para contenedores de volumen medio.

Horas de tránsitoEPS 38 mmEPS 50 mmEPS 75 – 100 mmPUR 50 mmVIP
24 h11 kg9 kg7 kg6 kg4 kg
48 h21 kg15 kg11 kg10 kg6 kg
72 h30 kg ⚠22 kg16 kg14 kg8 kg
96 hNo recomendado28 kg ⚠20 kg18 kg10 kg
120 hNo recomendadoNo recomendado25 kg ⚠22 kg12 kg
Las celdas marcadas suelen exceder la capacidad física útil de un contenedor de ese tipo y volumen una vez cargado el producto. Cuando el cálculo llega ahí, la respuesta correcta no es forzar más hielo seco: es cambiar a un embalaje con menor tasa de sublimación, planear una recarga intermedia documentada, o reducir el tiempo de tránsito. Valores indicativos, sujetos a confirmación contra el estudio de calificación del embalaje y la ruta específica.

Lo regulatorio

  • Clasificación. UN1845, nombre de embarque «Dióxido de carbono sólido» o «Hielo seco», Clase 9 (mercancías peligrosas diversas). Aplica tanto cuando el hielo seco es la mercancía como cuando actúa únicamente como refrigerante.
  • Embalaje. Debe permitir la liberación del CO₂ gaseoso. Un bulto herméticamente sellado con hielo seco es un riesgo de sobrepresión y está prohibido. La instrucción de embalaje aplicable en transporte aéreo es la PI 954 de la IATA.
  • Límite por bulto en aéreo. La referencia habitual es 200 kg netos por bulto en aeronave de pasajeros. Los límites por aeronave de carga y las restricciones totales por vuelo varían, y muchas aerolíneas y operadores imponen límites propios más estrictos. Verifique siempre contra la edición vigente de la IATA DGR y contra las variaciones del operador y del Estado antes de reservar.
  • Marcado y etiquetado. Cada bulto lleva la etiqueta de riesgo Clase 9, la marca UN1845 con el nombre de embarque, la cantidad neta de hielo seco en kilogramos, y los datos completos de expedidor y consignatario.
  • Documentación. Cuando el hielo seco refrigera mercancía no peligrosa, la práctica habitual es que no se exija Declaración del Expedidor de Mercancías Peligrosas y que la información se asiente en la guía aérea (nombre, clase, UN1845 y kilogramos netos por bulto). Cuando refrigera mercancía peligrosa, el envío se documenta como mercancía peligrosa completa. Confirme el requisito exacto con el operador: es un punto donde los criterios varían.
  • Capacitación. Quien prepara y firma un embarque con hielo seco debe contar con capacitación vigente en mercancías peligrosas conforme al modo de transporte. No es un trámite: es condición de aceptación.
  • Otros modos. En marítimo aplica el Código IMDG; en autotransporte nacional, la normativa mexicana de transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos. Los requisitos de marcado, ventilación y manejo no desaparecen por cambiar de modo.

Los dos errores caros

1. Quedarse corto. El hielo seco se agota antes del arribo, la temperatura sube y el producto se pierde o queda en cuarentena a la espera de un dictamen que rara vez es favorable. El costo no es el hielo seco faltante: es el valor del embarque completo más el reemplazo y el desabasto. Este error casi siempre nace de calcular sobre el tiempo de vuelo en lugar del tiempo puerta a puerta.

2. Sobredeclarar. Declarar más kilogramos de los efectivamente cargados —o cargar más de lo declarado— genera una discrepancia entre documento y bulto. La consecuencia típica es rechazo en aceptación por la aerolínea, detención en revisión, retraso de días y un embarque que además ya está consumiendo su autonomía. Sobredeclarar también puede desplazar el envío a un régimen de manejo más restrictivo del necesario, encareciéndolo sin ganar seguridad.

La regla es simple: se declara lo que se carga, y se carga lo que se calculó. El margen de seguridad se construye en el cálculo, antes de cerrar la caja, no improvisando en el andén.

Cómo lo trabaja Kold Gold

Calculamos la carga de hielo seco sobre el tránsito puerta a puerta real de la ruta contratada, no sobre el tiempo de vuelo. Documentamos la hora de cierre del embalaje y la masa cargada, verificamos marcado y etiquetado antes de la entrega al operador, y confirmamos límites y restricciones con la aerolínea antes de reservar. Cuando el cálculo indica que el embalaje propuesto no alcanza, lo decimos antes del embarque.

Valores indicativos sujetos a confirmación por embarque. operaciones@kold.gold · +52 55 4877 4420 · kold.gold